miércoles, 18 de noviembre de 2009

PROYECTO DE CONSTITUCIÓN REPUBLICANA DE 1873

1. Circunstancias históricas y proceso constituyente.

Sexenio Revolucionario. I República, etapa de la presidencia de Pi i Margall. Su mayor interés es histórico, por la estructura federal que propone, en lo demás se asemeja a la Constitución de 1869.

2. Tendencia. Republicana Federal. Democrática.

3. Vigencia. Ninguna. Quedó en fase de proyecto.

4. Soberanía. Nacional popular. Citado explícitamente. Masculino.

5. Derechos y libertades. Titulo I, ocupan casi 1/3 de la Constitución. Regulación minuciosa, con grandes garantías para su mantenimiento. Inclusión como derecho cualquiera que hubiera podido olvidarse por parte del legislador hasta que hubiera sentencia judicial en contra. Recoge todos los derechos de las anteriores constituciones e incluye como nuevos: sufragio universal masculino para mayores de 25 años, inviolabilidad de la correspondencia, libertad de trabajo para extranjeros, libre emisión de pensamiento.

1ª vez que derechos sociales: derecho de reunión y asociación (éste más democrático que en la Constitución de 1869)

6. División de poderes. Sí.

a) Legislativo (cortes): Nº de cámaras: (2) Bicameral: Congreso y Senado.

Sistema electoral y tipo de sufragio: universal masculino directo para mayores de 25 años el Congreso, un representante por cada 50.000 personas. Distritos electorales grandes - plurinominales -: la provincia.

El senado igual pero indirecto, candidatos de más de 40 años y otras condiciones de económicas o culturales. Cuatro senadores por provincia, por lo que tiene una cierta representación territorial, más que de cámara alta (de las clases altas).

Composición:

CONGRESO: Más poderes que el Senado.

SENADO:: Menos poderes que el Congreso. No tiene iniciativa legislativa. Veto suspensivo por un año de las leyes..

Competencias: Elaboran las leyes. No pueden ser coartadas por el gobierno. Eligen sus mesas. Pueden presentar mociones de censura al gobierno e interpelaciones (control parlamentario del gobierno).

Iniciativa legislativa: Congreso y gobierno.

Garantías de funcionamiento: Muchas garantías: reunión automática, plazo mínimo de sesiones, plazo máximo de suspensión, Diputación Permanente, convocatoria más tardía el 1 de febrero, en los 10 días siguientes el gobierno debe presentar el presupuesto que sin su aprobación no se pueden cobrar impuestos.

b) Ejecutivo (Gobierno): Componentes y competencias. Formado por los ministros y su presidente del gobierno, que son nombrados por el Presidente de la República. Tiene iniciativa legislativa y las funciones coordinativas propias de un sistema federal.
Responsabilidades. Ministros: No pueden ser miembros de ninguna de las cámaras. Responsabilidad penal.

Consejo de Estado: principal órgano consultivo del gobierno. Además se ocupa de los traslados de los jueces para garantizar su independencia.

c) Presidente de la república (poder relacional): Situación intermedia entre el presidencialismo y el parlamentarismo. El presidente nombra el gobierno (presidencialista) pero el ejecutivo es sólo el gobierno, sin que el Presidente de la república pueda intervenir (parlamentarismo).
La función presidencial es mantener la unión y el equilibrio entre los distintos estados que forman la federación española.

Elección del Presidente de la república: los electores eligen en cada Estado una junta con el doble de personas que los que envían al Congreso y al Senado. Las juntas designan al presidente y vicepresidente de la República y se envía al presidente del Congreso que cuenta los votos ante las Cortes reunidas. Si algún candidato consigue la mayoría absoluta es nombrado, si no, deciden las Cortes entre los dos candidatos con más votos. Sufragio indirecto en dos grados con posible intervención de las Cortes.

d) Judicial: Código único (igualdad ante la ley).
Garantías e independencia. Inamovilidad, formalidades procesales, Habeas Corpus y otras garantías procesales. Se ponen todos los medios para garantizarla: sistema de oposiciones.

Se establece un Tribunal Supremo: con competencias para resolver problemas entre los Estados. Controla la constitucionalidad de las leyes.

Jurado popular: Sí, muy extendido.


7. Relaciones Iglesia-Estado. Confesional. No. Libertad de cultos privado y público. Mantenimiento del culto y clero.

8. Varios.

- Milicia Nacional: Sí. Llamados Voluntarios de la República.

- Organización territorial. Federal. La federación dividida en 17 estados y varios territorios (las colonias, con excepción de Cuba y Puerto Rico que se consideraban Estados). Los estados eran las regiones históricas españolas, con la extraña ausencia de León. Cada Estado podía elaborar su propia Constitución con sus órganos ejecutivos, legislativos y judiciales. Competencias favorables al Estado Federal.

- Ayuntamientos. Democráticos.

- Procedimiento de reforma. Rígida, necesita el acuerdo de dos Cortes.