miércoles, 18 de noviembre de 2009

LEYES FUNDAMENTALES DEL FRANQUISMO 1938-1967

1. Circunstancias históricas y proceso constituyente.

E1régimen franquista duró desde el 1-4-1939 al 20-11-75, aunque su configuración comienza durante la Guerra Civil. El largo periodo de la dictadura franquista puede ser considerado como una larguísima postguerra. Franco tuvo el mayor poder, sin ningún control, que haya tenido un dirigente en la España contemporánea. Fue una dictadura no totalitaria ni fascista, dictadura personal autoritaria y católica. La ideología de Franco no era clara, estaba llena de ambigüedades, era sobre todo un militar, sus ideas se fundamentaban en: nacionalismo, anticomunismo, simplísima concepción del pasado histórico y mantenimiento de las tradiciones. Tradicionalmente se ha dividido la dictadura de Franco en 4 etapas que asocian economía, política exterior y política interior: Etapa de autarquía y ruralización (1939-51); periodo de apertura internacional (1951-1959); etapa del desarrollo económico planificado (1959-1969) y tardofranquismo (1968-1975).

2. Leyes fundamentales.

I. FUERO DEL TRABAJO 9-3-1938 - Inspirada en la Carta di Laboro del fascismo italiano.
- Contenía en sus 16 declaraciones la base de la legislación social posterior: retribución de los trabajadores, magistratura como jurisdicción especial para los juicios laborales, organización de la propiedad y de la empresa, seguridad social, organización sindical.

- Prohibición de los sindicatos libres. Organización Sindical vertical, único sindicato controlado por la Falange, corporativismo.

II. LEY DE CORTES 7-1942 - Composición de las Cortes en tres tercios: sindical, corporaciones (familia, municipios) y designados por el Consejo Nacional.
- Sufragio restringido e indirecto.

- Gran número de designados por el gobierno. Elecciones completamente amañadas.

III. FUERO DE LOS ESPAÑOLES 17-7-1945 - Con los principios, derechos y obligaciones.
- Declaraciones sobre la configuración del régimen como Estado católico, social y de derecho.

- Obligaciones y derechos, con regulación muy restrictiva. Impregnada de la mentalidad tradicionalista y católica, no supuso ningún reconocimiento real de derechos.

IV. LEY DE REFERENDUM NACIONAL 22-10-1945 - El jefe del Estado puede someter a referendum los proyectos de leyes elaborados por las Cortes cuando el interés público lo demande. Se podían convocar plebiscitos en un marco de falta de libertad y control político.
- El jefe del Estado tiene total libertad para dictar leyes fundamentales sin necesidad de referendum.

V. LEY DE SUCESIÓN A LA JEFATURA DEL ESTADO 1947 - El estado es una monarquía. Franco seguirá como jefe de Estado con carácter vitalicio.
- El jefe del Estado se reserva el derecho de elegir un sucesor tras proponerlo a las Cortes.

- El jefe del Estado tiene libertad para revocar la designación de un sucesor, aunque hubiera sido aceptado por las Cortes.

- Se crea el Consejo de Regencia y el Consejo del Reino.

VI. LEY DE PRINCIPIOS DEL MOVIMIENTO NACIONAL 17-5-1958 - Promulgada personalmente por Franco, sin deliberación en Cortes.
- Se planteaban las ideas falangistas, con un resumen del ideario de la FET de las JONS.

- Daba forma al monopartidismo.

VII. LEY ORGÁNICA DEL ESTADO 10-1-1967 - Fue votada en referendum.
- Separaba los cargos de jefe de Estado y presidente del gobierno. Se daba al jefe del Estado grandes poderes, configuraba un régimen presidencialista.

- Se hacía que las fuerzas armadas fueran la garantía de la integridad territorial de España, así como se ocuparían de la defensa del orden institucional y de la seguridad nacional.

- Daba la posibilidad de crear asociaciones de acción política.

- Establecía el llamado recurso de contrafuero contra todo acto legislativo que vulnerase los principios del movimiento o cualquiera de las leyes fundamentales.


3. Estructura del Estado.

Jefe del Estado Hasta 1967 (Ley Orgánica del Estado) es a la vez jefe del gobierno (del ejecutivo). Con capacidad para legislar (lo que implica la ausencia de división de poderes). Competencias para designar a su sucesor (Ley de Sucesión). Es claramente una dictadura personal.
Gobierno Presidido por Franco. Nombra y quita a los ministros.
Consejo del Reino Creado en 1947 (Ley de Sucesión). Procede en gran parte de las Cortes. Asesora al jefe del Estado. A partir de 1967 (Ley Orgánica del Estado) el presidente del Gobierno es designado por el jefe del Estado a propuesta de una terna del Consejo del Reino.
Cortes Es una "caja de resonancia" de las decisiones de Franco. Sus miembros se llaman procuradores y su número es variable. Gran número de designados, directa o indirectamente, por el gobierno. Sólo representa a cierta oligarquía política, social y económica. Se pide su colaboración para dar leyes como "fachada" o apariencia de lo que Franco llamó "democracia orgánica" ante otros países.
El Movimiento (el partido único) Es el grupo político oficial único. Organizaba el sindicato vertical único. Su jefe nacional es Franco.
Consejo de Regencia Creado en 1947 (Ley de Sucesión). Sólo funcionaría si moría o se incapacitaba el jefe del Estado. Formado por un presidente (el de las Cortes), un prelado del Consejo del Reino, y un capitán general de cada ejército (tierra, mar y aire).
No hay realmente derechos ni libertades. Regulados en teoría por el Fueron de los Españoles y el del Trabajo.
El pueblo no vota a excepción de los niveles de renta altos y altas jerarquías y la posibilidad del jefe del Estado de convocar referendum (plebiscitos).
El régimen es católico ultraconservador. Se le ha llamado nacional-catolicismo.