miércoles, 18 de noviembre de 2009

CONSTITUCIÓN DEMOCRÁTICA DE 1869

1. Circunstancias históricas y proceso constituyente.

Sexenio Revolucionario. Etapa del Gobierno provisional de Serrano, formado por progresistas y unionistas. Cortes constituyentes reunidas en febrero de 1869, elegidas por sufragio universal masculino de mayores de 25 años, con mayoría progresista (156), con casi 70 republicanos federales, unos 20 monárquicos demócratas, unos 69 unionistas y algunos tradicionalistas y unos pocos isabelinos. Ha comenzado la Guerra de Cuba, hay diferencias con la Iglesia y los carlistas - próxima a estallar la 2ª Guerra Carlista -, descontento por el desarme de la Milicia Nacional por el gobierno y la disolución de las Juntas, y continuación de mala situación entre campesinos y trabajadores.

Primera constitución democrática. Contribuyó a la politización de los trabajadores (el "cuarto estado") que a partir del Sexenio comenzarán su revolución, separándose de la burguesía.

2. Tendencia. Monárquica. Democrática. Se inicia la búsqueda de un rey, lo será Amadeo I de Saboya.

3. Vigencia. De 1869 a 1873. Irregularmente hasta 1876.

4. Soberanía. Nacional popular masculina.

5. Derechos y libertades. Titulo I, ocupan casi 1/3 de la Constitución. Regulación minuciosa, con grandes garantías para su mantenimiento. Inclusión como derecho cualquiera que hubiera podido olvidarse por parte del legislador hasta que hubiera sentencia judicial en contra. Recoge todos los derechos de las anteriores constituciones e incluye como nuevos: sufragio universal masculino para mayores de 25 años, inviolabilidad de la correspondencia, libertad de trabajo para extranjeros, libre emisión de pensamiento.

1ª vez que derechos sociales: derecho de reunión y asociación.

6. División de poderes. Sí.

a) Legislativo (cortes): Nº de cámaras: (2) Bicameral: Congreso y Senado.
Sistema electoral y tipo de sufragio: universal masculino directo para mayores de 25 años el Congreso, un representante por cada 40.000 personas. Distritos electorales grandes - plurinominales -: la provincia.

El senado igual pero indirecto, candidatos de más de 40 años y otras condiciones de económicas o culturales. Cuatro senadores por provincia, por lo que tiene una cierta representación territorial, más que de cámara alta (de las clases altas).

Composición:

CONGRESO: Llamada cámara baja.

SENADO:: Llamada cámara alta. Igual que el congreso. Miembros de mayor edad y nivel económico.

Competencias: Elaboran las leyes. No pueden ser coartadas por el gobierno o el rey. Eligen sus mesas. Pueden presentar mociones de censura al gobierno e interpelaciones (control parlamentario del gobierno).

Iniciativa legislativa: Cada cámara y el rey.

Garantías de funcionamiento: Muchas garantías: reunión automática, plazo mínimo de sesiones, plazo máximo de suspensión, Diputación Permanente, convocatoria más tardía el 1 de febrero, en los 10 días siguientes el gobierno debe presentar el presupuesto que sin su aprobación no se pueden cobrar impuestos.

b) Ejecutivo (Gobierno): Componentes y competencias. Formado por el rey y los ministros.
Responsabilidades. Rey: Aparece como un rey plenamente constitucional, cuyas facultades deben ser ejercitadas por los ministros. Dirige el gobierno y la administración. Nombra a los ministros. Tiene iniciativa legislativa. Tiene sanción de las leyes. Puede suspender y convocar las Cortes con las limitaciones legales. Ministro: Tiene que ser miembro de alguna de las cámaras, necesidad de refrendo del ministro del ramo para las decisiones del rey. Responsabilidad penal.

Consejo de Estado: principal órgano consultivo del rey. Miembros nombrados por el rey a propuesta de las Cortes. Además se ocupa de los traslados de los jueces para garantizar su independencia.

c) Judicial: Código único (igualdad ante la ley).
Garantías e independencia. Inamovilidad, formalidades procesales, Habeas Corpus y otras garantías procesales. Se ponen todos los medios para garantizarla: sistema de oposiciones.

Jurado popular: Sí.


7. Relaciones Iglesia-Estado. Confesional. No. Libertad de cultos privado y público. Mantenimiento del culto y clero.

8. Varios.

- Milicia Nacional: Sí. Llamados Voluntarios de la Libertad.

- Organización territorial. Centralista. Estado dividido en provincias.

- Ayuntamientos. Democráticos.

- Procedimiento de reforma. Rígida, necesita el acuerdo de dos Cortes.